Se Alquila Bungalow en el paraíso! Presentamos este encantador Bungalow en Maspalomas, por temporadas, ideal para quienes buscan un refugio tranquilo y cómodo. Este bungalow recién reformado y completamente equipado cuenta con una distribución inteligente que incluye una acogedora habitación, un baño moderno y un salón cocina funcional, este espacio es perfecto para disfrutar de la vida en una de las mejores zonas de el sur de Gran Canaria.
La joya de esta propiedad es su amplia terraza, donde podrá relajarse bajo el sol y disfrutar de los atardeceres de la brisa marina. Además, por su ubicación privilegiada cuenta con sol durante todo el día en la terraza, el bungalow dispone de aire acondicionado y una Smart TV con conexión Wifi, canales de TV internacionales para su entretenimiento y comodidad. El complejo también ofrece una refrescante piscina comunitaria, ideal para esos días calurosos.
Es importante mencionar que esta propiedad no es accesible para personas con movilidad reducida y no se admiten mascotas. Está disponible por temporada, por lo que le invitamos a consultar la disponibilidad.
La Ley 12/2023 sobre arrendamiento de vivienda no aplica en contratos de arrendamiento por temporada.
Con orientación sur, armarios empotrados y en buen estado de conservación, esta casa es una oportunidad única para vivir en una de las zonas más deseadas de la isla. No pierda la oportunidad de disfrutar de este rincón especial en Maspalomas. Contáctenos hoy mismo para más información y para agendar una visita!
Es importante mencionar que no se permiten eventos ni mascotas en la propiedad. Se exige solvencia demostrable y un pago inicial de un mes de fianza.
Según la Ley 12/2023, los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato son a cargo del arrendador, aunque esta normativa no aplica en contratos de arrendamiento por temporada.
No pierda la oportunidad de disfrutar del invierno este maravilloso Bungalow en Maspalomas.
Contáctenos hoy mismo para más información y programar una visita!
Aviso Legal las informaciones del inmueble publicadas deben ser consideradas como orientativas, está sujeta a posibles errores y cambios involuntarios pudiendo existir inexactitud en las fotos y en las medidas.
**La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, aprobada en el Congreso el 27 de abril de 2023, y en el Senado el 18 de mayo que está en vigor desde el día siguiente de su inclusión en el BOE, el 26 de mayo de 2023, contempla en el Apartado 1 del Artículo 20 que en caso de contratos de arrendamiento de vivienda 'los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador'
Esta normativa NO SE APLICA en los casos de contratos de arrendamiento de uso distinto del de vivienda como de locales, etc. y, en particular, no se aplica para los contratos de arrendamiento por temporada. En estos casos el arrendatario paga un mes de los honorarios de la agencia con su IGIC correspondiente.
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