El inmueble ha sido adquirido a través de un procedimiento judicial (concursal o hipotecario) por el vendedor, el cual no ha tomado todavía posesión del mismo. Será de cuenta del comprador los trámites que conlleve la obtención de la posesión del inmueble. Se desconoce la situación de servicios y suministros siendo de cargo del comprador la obtención.