¡Oportunidad única en el corazón del pueblo!
CASA EN ALGINET, CALLE MAYOR.
Esta encantadora casa de pueblo de 3 plantas y 457 m² construidos es perfecta para quienes buscan espacio y carácter. Construida en 1910, esta vivienda ofrece 6 amplias habitaciones y 3 baños distribuidos de manera funcional.
La parcela de 234 m² incluye un jardín privado ideal para disfrutar del aire libre, además de una terraza y un balcón que aportan luminosidad y vistas despejadas.
La casa cuenta con una chimenea que añade un toque acogedor, y la calefacción individual eléctrica asegura el confort durante todo el año. Además, dispone de una plaza de garaje incluida en el precio y un trastero para almacenamiento adicional. Aunque es una propiedad de segunda mano y necesita reformas, su estructura sólida y detalles originales ofrecen un gran potencial para convertirla en la casa de tus sueños.
No pierdas la oportunidad de visitar esta joya arquitectónica con orientación norte, sur, este y oeste, lo que garantiza luz natural en todas las estancias. Equipado con armarios empotrados y con el certificado energético en trámite, este inmueble es una inversión segura. ¡Ven a descubrir todas las posibilidades que esta casa tiene para ofrecerte!
La oferta está sujeta a cambios de precio o retirada del mercado sin previo aviso.
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Se muestra a título informativo y no contractual.
'El precio NO INCLUYE los gastos de corretaje inmobiliario del precio de venta del 3%, más impuestos (IVA, ITP, AJD), plusvalía, notaría y registro'
Impuestos para vivienda de segunda mano en la Comunidad Valenciana.
Cuando se compra una vivienda de segunda mano en la Comunidad Valenciana no hay que pagar IVA y tampoco el IAJD.
En su lugar, es necesario pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).
El tipo general de ITP en Comunidad Valenciana es del 10% aunque es posible conseguir alguna reducción.
Estas son algunas de las reducciones del ITP que se pueden conseguir en la Comunidad Valenciana en la actualidad:
•Se aplica un ITP del 8% cuando se compre una vivienda de protección oficial.
•Se aplica un ITP del 8% cuando el comprador tenga menos de 35 años y el inmueble se destine a vivienda habitual.
•Se aplica un ITP del 4% cuando el comprador tenga una minusvalía física igual o superior al 65% o psíquica con una minusvalía igual o superior al 33% se destine el piso a vivienda habitual.
Al igual que el IAJD y el IVA, Hacienda da un plazo de 30 días hábiles desde la firma del contrato para abonar el ITP. Si no se paga, es probable que se reciba una sanción económica.