SunLife alquila excelente bungalow ubicado en unos de los complejos mas solicitados de Playa del Ingles, solo disponible por temporadas desde ya! mínimo 6 meses máximo 11 meses. El complejo se encuentra ubicado en pleno cerrazón de Playa del Ingles, dispone de varias piscinas comunitarias, zonas ajardinas, muy bien mantenido. Se encuentra cerca de centros comerciales, restaurantes, farmacias, etc.
La vivienda dispone de dos terrazas, una delantera y otra trasera, con sus muebles de exterior y hamacas, dispone de salón cocina totalmente equipada con todos los electrodomésticos, horno, vitrocerámica de inducción de 4 fuegos, microondas, nevera, etc. El bungalow nos ofrece un dormitorio amplio con armario empotrado y ventana, un baño completo con plato de ducha y ventana.
La propiedad dispone de varias ventanas, es muy luminosa y fresca, además dispone de aire acondicionado en el salón.
En el precio de la renta es de 1250 están incluidos los gastos de agua y electricidad con un tope, el internet fibra esta incluido en el precio.
Se solicitara para reservarla un mes de fianza 1250 y un pago de gestión inmobiliaria
Se requiere solvencia demostrable.
**Para reservar la propiedad será necesario el pago inicial de un mes de fianza (a devolver en plazos legales, después de haberle entregado la vivienda al propietario, siempre y cuando el estado de la misma sea igual que en el momento de su entrega al inquilino y que se cumpla con las condiciones del contrato del alquiler)
La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, aprobada en el Congreso el 27 de abril de 2023, y en el Senado el 18 de mayo que está en vigor desde el día siguiente de su inclusión en el BOE, el 26 de mayo de 2023, contempla en el Apartado 1 del Artículo 20 que en caso de contratos de arrendamiento de vivienda 'los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador'.
Esta normativa NO SE APLICA en los casos de contratos de arrendamiento de uso distinto del de vivienda como de locales, etc. y, en particular, no se aplica para los contratos de arrendamiento por temporada. En estos casos el arrendatario paga un mes de los honorarios de la agencia con su IGIC correspondiente.
*** La información sobre la propiedad está sujeta a posibles errores y cambios involuntarios..
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