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Mandato exclusivo o no exclusivo a la agencia inmobiliaria
Inversiones inmobiliarias 28 diciembre 2024

Mandato exclusivo o no exclusivo a la agencia inmobiliaria: cuál es la diferencia y qué implica


Lo que hay que saber antes de encargar a una agencia inmobiliaria la venta de un inmueble, ya sea con mandato exclusivo o no exclusivo.
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Silvia Sanchidrián

Responsable de comunicación en Indomio España

Confiar la venta de una propiedad a una agencia inmobiliaria es una decisión importante para cualquiera que desee concluir una compra o venta de forma segura y oportuna. Entre las opciones de que disponen los propietarios está la de elegir entre un mandato exclusivo o no exclusivo a la agencia inmobiliaria, dos modalidades contractuales con distintas ventajas e inconvenientes.

El mandato exclusivo: cómo funciona

El mandato exclusivo es un acuerdo que obliga al propietario a no confiar la venta del inmueble a otras agencias y a no llevar a cabo negociaciones autónomas. Si el vendedor encuentra un comprador por su cuenta, puede haber una cláusula en el contrato por la que debe seguir informando a la agencia que gestionará todo el proceso (aunque puede ser discutible). Este tipo de encargo, cuya duración debe de estipularse en el contrato (pudiendo incluir una cláusula de renovación automática), obliga a la agencia a dedicar más recursos a la promoción y venta del inmueble, garantizando una visibilidad óptima.


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Entre las principales ventajas del mandato exclusivo se encuentran la seguridad de una atención dedicada por parte de la agencia y la posibilidad de beneficiarse de estrategias de marketing más eficaces. La exclusividad permite a la agencia comprometerse plenamente con la venta, sabiendo que las comisiones estarán aseguradas en caso de éxito. Sin embargo, una de las principales limitaciones de esta fórmula es que, en el caso de una venta privada, el vendedor sigue estando obligado a pagar una comisión a la agencia, según lo estipulado en el contrato.

El mandato no exclusivo: más flexibilidad, menos compromiso

El mandato no exclusivo a la agencia inmobiliaria es una alternativa más flexible. En este caso, el propietario puede confiar la venta de su propiedad a varias agencias al mismo tiempo y conservar la libertad de concluir la transacción de forma independiente, sin obligaciones con los intermediarios. Esta solución puede parecer ideal para aumentar las oportunidades de venta ampliando el número de canales de promoción y contactos.

Sin embargo, el mandato no exclusivo presenta ciertos riesgos. Las agencias inmobiliarias, al no estar seguras del éxito de la venta, pueden no invertir recursos significativos en la promoción del inmueble. El resultado puede ser una menor visibilidad y unos plazos de venta más largos. Además, la presencia de varios anuncios del mismo inmueble en distintas plataformas puede generar confusión entre los compradores potenciales, dando la impresión de que el inmueble es difícil de vender o problemático.


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Mandato exclusivo o no exclusivo: ¿qué es mejor?

La elección entre un mandato exclusivo o no exclusivo depende de las necesidades específicas del vendedor y de la estrategia que se adopte. El mandato exclusivo garantiza un mayor compromiso por parte de la agencia, lo que puede acelerar el proceso de venta. Sin embargo, también implica una mayor rigidez, que puede no convenir a todo el mundo.

En cambio, el mandato no exclusivo ofrece más libertad, pero corre el riesgo de prolongar el tiempo de venta o de no garantizar la misma atención por parte de los intermediarios.

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