Responsable de comunicación en Indomio España
Hablamos de un gran tenedor de vivienda para referirnos a una persona (física o jurídica), con un número determinado de propiedades en su poder (inmuebles urbanos, sin contar garajes o trasteros). Con la ley de vivienda de 2023, los límites sobre lo que se considera Gran Tenedor han cambiado. A continuación veremos cuáles son estos números y qué responsabilidades u obligaciones específicas implica ser un Gran Tenedor.
El 25 de mayo de 2023 entró en vigor la Ley por el Derecho a la Vivienda, que establecía algunas novedades con respecto a leyes anteriores, entre ellas las relacionadas con la concepción de Gran Tenedor. En líneas generales, el Gran Tenedor sigue considerándose a partir de 10 viviendas en propiedad (algo que no cambia con esta ley).
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Sin embargo, el cambio está en la posibilidad de las Comunidades Autónomas de considerar Gran Tenedor a partir de 5 inmuebles de uso residencial, en aquellas zonas en las que la vivienda está muy tensionada. Aquí cabe especificar que, incluso si una persona no tiene el 100% de un inmueble (lo comparte con familia, amigos y otros inversores), se seguirá considerando como uno más en la suma.
Para ser considerado Gran Tenedor con 5 viviendas, todas ellas deben de estar en zonas tensionadas. De lo contrario, se seguiría considerando pequeño propietario. Si a esto sumamos que no más del 0,3% de españoles llega a las 5 viviendas en propiedad, lo cierto es que el porcentaje de personas físicas o jurídicas afectadas por esta modificación de la ley es pequeño.
Incluso si cuentas con tu vivienda habitual, una casa en la playa y tres en alquiler, lo más probable es que no todas ellas estén en zonas tensionadas y no haya ningún problema.
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Pero, si se diera el caso de que las 5 están en zonas tensionadas o de contar con 10 o más inmuebles en propiedad, ¿cuáles son las consecuencias? ¿Qué diferencias hay entre ser un Gran Tenedor o un pequeño propietario?
Las implicaciones de esta figura se refieren, sobre todo, a los precios de los alquileres:
Por tanto, la diferencia principal es la limitación de los precios al alquiler. Aun así, también hay algunas diferencias en la gestión de los desahucios, que en el caso de personas vulnerables, cuando el propietario sea un Gran Tenedor, tendrán que pasar por un proceso de intermediación antes de llevar a cabo ninguna acción.
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