
Responsable de comunicación en Indomio España
Adquirir una casa a través de una subasta inmobiliaria es una opción muy atractiva tanto para adquirir una vivienda habitual como para invertir. Así, podemos encontrar oportunidades rentables, en muchos casos con costes menores a los que encontraríamos en el mercado. Sin embargo, adquirir una casa por debajo del valor de referencia del Catastro puede acarrear consecuencias fiscales. Por tanto, ¿qué sucede con una casa subastada por debajo del valor catastral?
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Antes de 2022, cuando una persona o entidad adquiría una casa subastada se tomaba el precio de venta como referencia para calcular el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Sin embargo, desde 2018 al importe de la compra había que sumar las cargas de la vivienda. Es decir, que si se compraba una casa de 200.000€ con unas cargas (por deudas con la comunidad, hipotecas, etc.) de 50.000€, se estimaba que el valor real de la vivienda era de 250.000€ (ya que se vendía más barata porque el comprador tiene que hacer frente a las deudas). Por tanto, el ITP se calcularía en base a los 250.000€.
Sin embargo, en 2022 se introdujo el nuevo valor de referencia del Catastro según el cual el ITP no se paga en función del precio de adquisición de la casa subastada, sino del valor que figure en el Catastro. En realidad, se tomará el valor del Catastro cuando este sea mayor que el precio de venta. Si el precio de venta es mayor, entonces sí se utilizará para calcular el impuesto.
Ante esta casuística sobre la casa subastada, tienes la opción de aceptar el valor del Catastro y simplemente pagar los impuestos correspondientes o podrías tratar de reclamar.
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En el segundo caso, hay dos opciones:
Por tanto, se trata de un campo difícil en el que por lo general habrá que asumir el pago del ITP de la casa subastada en base al valor catastral, salvo que se pueda demostrar que el valor de mercado del inmueble es menor y que por tanto el valor catastral no está bien ajustado.