Responsable de comunicación en Indomio España
Aunque el alquiler de vivienda habitual o el de vivienda vacacional son probablemente los más conocidos, existen distintos tipos de contrato de alquiler que pueden interesarte ya tengas tú una propiedad (arrendador) o seas quien desea alquilarla (arrendatario). Te contamos los distintos tipos de contrato de alquiler existentes en España y sus principales características.
Hablamos de vivienda habitual cuando la intención del inquilino es convertir la propiedad en su hogar a largo plazo. A día de hoy, estos contratos se establecen por cinco años, prorrogables, para asegurar la estabilidad tanto del propietario de la vivienda como de quien vive en ella. Si el inquilino quisiera abandonar antes el alquiler, tendría que avisar o compensar económicamente al propietario, según lo que hayan acordado en el contrato.
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Al otro lado del contrato de alquiler de vivienda habitual encontramos el vacacional, de carácter temporal (de días o semanas, casi siempre por debajo del mes) y no a largo plazo como el anterior. Las viviendas con un uso turístico se basan en este tipo de contratos y la ley que los regula es distinta a la de la vivienda habitual.
Además de las dos opciones anteriores, existen otros tipos de contratos adaptados a las necesidades específicas de arrendadores y arrendatarios:
Este contrato está a medio camino entre el alquiler y la venta de la vivienda, aunque la decisión final es del inquilino. Es decir, que si alquilas esta vivienda, en un plazo establecido por contrato tendrás que decidir si deseas comprarla o no. En caso de que sí, lo que has pagado de alquiler hasta ese momento se descontará del precio de venta de la vivienda.
Este alquiler no es de vivienda habitual, porque suele darse por menos de un año, pero tampoco es vacacional. Es una opción habitual para estudiantes que hacen un curso, quizás de 8 ó 9 meses y necesitan una residencia para esa temporada, trabajadores desplazados por un período concreto o cualquier otro caso por el que la persona necesite vivir unos meses en algún lugar.
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El contrato de arrendamiento por habitaciones sirve para el alquiler de un dormitorio (no la vivienda entera), con acceso a las zonas comunes y suele realizarse por periodos de varios meses (normalmente, para casuísticas similares a las del alquiler temporal).
Estos contratos tienen unas condiciones muy especiales, que normalmente benefician al inquilino, estableciendo un importe cerrado de alquiler e incluso incluyendo, en ocasiones, la transmisión del alquiler a los hijos. Este tipo de contrato dejó de estar vigente en 1985, por lo que no pueden establecerse más contratos así a día de hoy, pero quienes ya tenían firmada esta renta antigua sí que siguen disfrutando de sus condiciones.
Por último, el estado (e incluso algunas entidades bancarias) ofrece viviendas a un precio muy reducido para personas con problemas económicos u otras condiciones de vulnerabilidad.
Además de estos contratos de arrendamiento de viviendas, existen otro tipo de contratos de alquiler con distintos fines, como pueden ser el alquiler de oficinas, el alquiler de locales comerciales o el alquiler de fincas rústicas.
Teniendo en cuenta la variedad de contratos, es importante que, tanto como propietario como persona que alquila, revises bien las particularidades y leyes alrededor de tu tipo de contrato, para evitar problemas en un futuro.