Responsable de comunicación en Indomio España
Desde hace algunos meses estábamos esperando la publicación por parte del INE del índice de actualización para los alquileres. Este índice marcará las actualizaciones de precios para el 2025 y por tanto es muy importante para aquellos que viven de alquiler, pero también para los propietarios, que deben de conocer los límites de las subidas. Mientras que en 2023 las subidas máximas eran de un 2% y en 2024 de un 3%, en 2025 será algo distinto. Conozcamos los detalles.
Como comentábamos, los porcentajes de actualización del alquiler en años anteriores eran estables para el año completo. Sin embargo, el nuevo índice de actualización del INE tiene carácter mensual y se publicará por primera vez el 2 de enero de 2025, teniendo en cuenta datos desde noviembre de 2024. A partir de aquí, se publicará a mediados de cada mes (el 14 de febrero teniendo en cuenta los datos de enero de 2025, el 14 de marzo con datos de febrero de 2025 y así consecutivamente).
LEE TAMBIÉN: Nueva bajada de tipos del BCE: 0,25 puntos
Por ello, deberás de consultar la última publicación en el mes en que corresponda la actualización de tu alquiler.
En primer lugar debemos de saber que la actualización del alquiler se lleva a cabo anualmente, teniendo en cuenta el momento en que se firmó el contrato. Es decir que si firmamos el contrato en marzo de 2024, lo normal es que la subida del alquiler se efectúe en marzo de 2025.
Si el propietario desea llevar a cabo dicha subida, tendrá que avisar con un mes de antelación de esta intención y utilizar el índice de dicho mes. A partir de aquí, las matemáticas son sencillas:
La Ley de Vivienda en la que se establece el cambio en la manera de subir los precios de los alquileres entró en vigor el 25 de mayo de 2023. Por tanto, los contratos a partir de esta fecha se rigen por el índice de actualización. Por su parte, los anteriores se atendrán a lo estipulado en el momento de firmar el contrato de arrendamiento.
LEE TAMBIÉN: Sube el precio de la vivienda, el número de compraventas y de hipotecas
Además, hay que tener en cuenta que la Ley de Vivienda afecta tan solo a la residencia habitual y no a alquileres temporales o vacacionales, comerciales o alquiler de habitaciones.
En resumen, si tu contrato de alquiler se firmó después del 25 de mayo de 2023, a la hora de realizar una subida esta no podrá ser mayor al índice que marque el INE en ese momento (esta cifra se podrá consultar en la página oficial del Instituto Nacional de Estadística).