Responsable de comunicación en Indomio España
El alquiler se puede subir de manera acumulativa, pero no con carácter retroactivo. Este matiz lingüístico es muy importante a la hora de entender cuánto se puede subir una cuota de alquiler, sea cual sea el índice de referencia para su actualización (el IRAV, el IPC o el Índice de Garantía de Competitividad). Veamos a continuación la diferencia entre estos dos términos, por qué no se puede subir el alquiler con carácter retroactivo y cuál es el límite para las subidas acumulativas.
Subir el alquiler con carácter retroactivo, para entenderlo con un ejemplo, significaría decidir en 2025 que como en 2024 no se subió el 2% correspondiente, ahora el inquilino tiene que abonar la diferencia del alquiler que habría supuesto un 2% más.
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Es decir, que si una persona pagaba 1.000€ de alquiler en 2024 y con la subida del 2% que no se aplicó ese alquiler habría sido de 1.020€, ahora la persona tendría que abonar 240€ extra a su casero (20€ x 12 meses). Esto en ningún caso se puede hacer, ni por un año ni por ningún periodo.
Lo que sí puede hacerse es una subida acumulativa del alquiler. Es decir, que si en 2024 no se realizó la actualización de la renta del alquiler por parte del propietario, en 2025 podría actualizarse «doblemente». Por ejemplo, si usamos el 2,2% del Índice de actualización de 2025 más el 2% de 2024, podrían subirnos la renta hasta un 4,4%. Así, de un alquiler de 1.000€, pasaríamos a pagar 1.044€.
Según establece la ley, es posible subir el IPC acumulado de los últimos 5 años (o, si el contrato se firmó después de 2023, el índice correspondiente). Es importante tener esto en cuenta a la hora de prever posibles gastos tras la actualización del alquiler. En cualquier caso, el propietario deberá informar de la subida al inquilino con al menos un mes de antelación antes de que se haga efectiva.
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En definitiva, no se puede subir el alquiler con carácter retroactivo, obligando a pagar un extra por meses anteriores, pero sí se puede subir el alquiler con carácter acumulativo sumando las subidas de hasta los últimos 5 años si estas no se efectuaron en su momento.