Este exclusivo y renovado piso de lujo, diseñado con un elegante estilo, está equipado con las últimas innovaciones en Smart Home.
Características del Apartamento:
Superficie: 82 m² construidos
Habitaciones: 3 amplias habitaciones
Baños: 2 baños completos
Garaje: Plaza de garaje incluida
Orientación: Sur, proporcionando excelente iluminación natural
Amueblado: Sí, con cocina totalmente equipada
Extras: Armarios empotrados, aire acondicionado y jardín comunitario
Equipamiento Adicional:
Opción de convertir el hogar en una Smart Home
Sistema de entretenimiento de primera clase con TV de 75 pulgadas
Habitación principal con cama matrimonial de 1.80 m
Ubicación:
Situado en una zona tranquila y exterior, este piso ofrece comodidad y estilo moderno. Perfecto para quienes buscan un hogar exclusivo en San Fernando.
Condiciones del Alquiler:
Para alquileres de menos de 6 meses: 1.500 €/mes con todos los gastos incluidos (agua, luz y wifi). Se requiere un mes de fianza.
Para alquileres superiores a 6 meses: 1.300 €/mes (luz no incluida). Se requiere un mes de fianza.
Para más información y para organizar una visita, contacta:
Oficina Professionecasa Maspalomas, CC Sonnenland, Av. Teowaldo Power 118, Local 204-2014, 35100 Maspalomas, Las Palmas de Gran Canaria �
Oficina Professionecasa Mogan Gran Canaria, Calle Angel Guimera 13, 35120 Arguineguin, Mogan �
Oficina Professionecasa Gran Canaria Vecindario, Avenida de la Union, 32, 35110 Santa Lucia de Tirajana �
(NOTA: Los datos presentados pueden estar sujetos a errores u omisiones involuntarias. La descripción del inmueble no constituye un elemento contractual. )
La Ley 12/2023 de 24 de Mayo, por el derecho a la vivienda, aprobada en el Congreso el 27 de Abril de 2023, y en el Senado el 18 de Mayo que está en vigor desde el día siguiente de su inclusión en el BOE, el 26 de Mayo de 2023, contempla en el Apartado 1 del Artículo 20 que en caso de contratos de arrendamiento de vivienda los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador. Esta normativa NO SE APLICA en los casos de contratos de arrendamiento de uso distinto del de vivienda, como de locales y en particular no se aplica para los contratos de arrendamiento por temporada. En estos casos, el arrendatario paga un mes de los honorarios de la agencia.