La parcela es de 10 tahúllas y se puede edificar una vivienda de 300 m2 en una o dos plantas, retranqueo a linderos 10 metros, el 80 % de la finca debe destinarse a cultivos agrícolas. La parcela está calificadas por el PGOU de Murcia como NP Huertas Perimetrales, siendo posible la construcción legal sobre ella de edificación destinada a residencial (tipo chalet) con una superficie máxima construida de 300 m2 cuadrados y altura máxima de dos plantas (7 metros).